Compartimos una nueva sentencia en la que se declara la nulidad parcial de un contrato de préstamo hipotecario en multidivisa.

Al declararse la nulidad parcial del contrato, se declara únicamente como nula la cláusula multidivisa, sin acarrear conjuntamente la nulidad total del contrato del préstamo, lo que supondría un serio perjuicio para el consumidor, que ser vería obligado a reintegrar la totalidad del importe prestado en un solo pago, según lo regulado en nuestro Código Civil en los casos de rescisión de contratos.

El Tribunal con el objeto de evitar esta situación, acuerda declarar la nulidad parcial del contrato préstamo con la eliminación, únicamente, de las referencias a la denominación en divisas del préstamo cuyas sucesivas liquidaciones deberán practicarse en Euros.

Esto demuestra, como ya hemos explicado en diversas ocasiones, que existen posibilidades legales de salir de la tela de araña en la que nos metimos al firmar una hipoteca en multidivisa.

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