El conflicto entre un cliente y CAIXABANK, S.A. sobre un préstamo hipotecario se centra en cláusulas consideradas abusivas relativas a gastos e intereses moratorios. Mientras la entidad reconoce la abusividad de los intereses moratorios, disputa las alegaciones sobre gastos, basándose en la normativa vigente.

Sin embargo, el artículo 89.3 TRLGCU y una sentencia del Tribunal Supremo (TS) del 23 de Diciembre de 2015 subrayan que es abusivo que el consumidor asuma gastos y servicios no solicitados que, por naturaleza, corresponden al empresario. Asimismo, la inscripción de escrituras notariales y sus respectivos pagos se efectúan en beneficio del prestamista, quien, por ende, debería asumir dichos gastos.

Respecto a los tributos vinculados al préstamo, transferir íntegramente el costo al prestatario es abusivo, ya que la ley no exonera a la entidad prestamista de estos gastos.

La falta de acuerdo individual con el cliente sobre esta cláusula la convierte en nula por su naturaleza abusiva. Carece de precisión al no distinguir entre gastos y tributos y permite que todos recaigan sobre el consumidor, sin tener en cuenta la obligación legal de pago ni los beneficios asociados.

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