Caixabank condenada a anular la cláusula suelo y a devolver las cantidades cobradas indebidamente desde el momento de la firma de la hipoteca

La entidad financiera Caixabank ha sido condenada a anular la cláusula suelo de un contrato de préstamo hipotecario de unos afectados que han sido representados por el despacho de abogados Sirvent & Granados en Tenerife. Además, también ha sido condenada a devolver las cantidades cobradas de forma indebida desde la fecha de inicio del préstamo, y no como establece el Tribunal Supremo que lo fija a partir de mayo de 2013.

La jueza ha declarado la nulidad de la cláusula suelo debiendo procederse a su eliminación de la escritura de préstamo, además de condenar a la entidad demandada la devolución al prestatario de las cantidades cobradas indebidamente por su aplicación desde su constitución. Esto es un paso más en la defensa de los afectados por la cláusula suelo puesto que el Tribunal Supremo establece que el reintegro de las cantidades se contabiliza a partir de mayo de 2013. Asimismo, el banco deberá abonar a los afectados los intereses y el pago de las costas procesales.

Según el experto Carlos Gómez Sirvent, quien ha representado y asistido a los afectados, “el contrato de préstamo hipotecario tenía una cláusula suelo que impedía beneficiarse de las fluctuaciones a la baja del tipo variable de interés pactado. Consideramos que es una condición de carácter abusivo en detrimento del consumidor. Además, tal cláusula carece de transparencia y establece un límite mínimo que deja inoperante la variabilidad del índice elegido por el cliente, teniendo que soportar la aplicación de un tipo fijo que actúa en beneficio exclusivo de la entidad”.

La cláusula suelo limita la bajada de la cuota para el comprador. En España, durante la burbuja inmobiliaria, la mayoría de las hipotecas que se suscribieron tenían un tipo de interés variable en la que en muchas ocasiones, el banco imponía una cláusula que limitaba la bajada real aunque esta se produjera.

Esto ha impedido que miles de hipotecados se hayan podido beneficiar de la caída histórica del Euribor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas.

Actualmente el debate se centra en si, además de declarar nula esta cláusula y eliminarla de todos los contratos, los bancos deben abonar los importes cobrados desde el origen del préstamo. En este sentido, Gómez Sirvent aclara que “en estos momentos estamos a la espera de lo que decida el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si finalmente condena a las entidades financieras a devolver las cantidades cobradas de forma indebida, desde la fecha en que cada cliente firmó su préstamo hipotecario, estamos hablando de casi 9.000 millones según los cálculos de Analistas Financieros Internacionales (Afi). Sentencia como estas nos animan a seguir apoyando a nuestros clientes frente a prácticas que consideramos abusivas y carentes de transparencia”.

Sentencia